La Ley de Ficha Limpia: Un Ataque a la Presunción de Inocencia

Hoy, el Congreso Nacional debatirá una propuesta que ha generado controversia y preocupación: la Ley de Ficha Limpia. Esta ley, impulsada por el oficialismo, busca impedir que personas condenadas en segunda instancia por delitos contra la administración pública puedan postularse a cargos electivos. Sin embargo, esta iniciativa no solo es inconstitucional, sino que también atenta contra los principios fundamentales de nuestro sistema judicial.

La Inconstitucionalidad de la Ley

La principal crítica a la Ley de Ficha Limpia es que viola el principio de presunción de inocencia, consagrado en el artículo 18 de la Constitución Nacional. Este principio establece que “nadie puede ser condenado sin haber sido oído y juzgado conforme a los procedimientos legales establecidos anteriormente”. La Ley de Ficha Limpia, al prohibir la postulación de candidatos condenados en segunda instancia, implica una condena sin juicio previo, lo cual es una clara violación de este principio.

Además, la ley podría ser considerada inconstitucional por su carácter retroactivo. Según el artículo 33 de la Constitución, “las leyes no tendrán efecto retroactivo, salvo en materia laboral, de seguridad social y de previsión social”. La Ley de Ficha Limpia, al aplicarse a condenas confirmadas antes de su promulgación, podría ser vista como una ley retroactiva, lo cual está prohibido por la Constitución.

El Artículo Violado

El artículo que la Ley de Ficha Limpia violaría es el artículo 33 de la Constitución Nacional, que establece que “las leyes no tendrán efecto retroactivo, salvo en materia laboral, de seguridad social y de previsión social”. Al aplicar la ley a condenas confirmadas antes de su promulgación, se estaría violando este principio constitucional.

Conclusión

La Ley de Ficha Limpia, aunque bien intencionada, es una medida que atenta contra los principios fundamentales de nuestro sistema judicial. La presunción de inocencia y la prohibición de leyes retroactivas son pilares de nuestra Constitución, y cualquier iniciativa que los menoscabe debe ser rechazada. Es imperativo que el Congreso reconsidere esta ley y busque alternativas que respeten los derechos y garantías constitucionales de todos los ciudadanos.

La Ley de Manejo del Fuego y las Reformas de Milei: Un Golpe a la Naturaleza y a la Justicia Social

En el contexto de la lucha contra los incendios forestales en Argentina, la Ley de Manejo del Fuego de 2020 se presentó como una herramienta crucial para la protección de nuestras reservas naturales. Sin embargo, las recientes reformas impulsadas por el gobierno de Javier Milei han generado una profunda preocupación entre los defensores del medio ambiente y los sectores progresistas. Estas reformas permiten la venta de áreas incendiadas, lo que ha exacerbado la crisis de los incendios en el sur del país y ha beneficiado a intereses económicos a costa del bienestar ecológico y social.

La Ley de Manejo del Fuego de 2020

La Ley 26.815, modificada en 2020, establecía una serie de prohibiciones para garantizar la restauración de las superficies incendiadas. Entre estas prohibiciones se encontraban la venta, fraccionamiento y cualquier actividad agropecuaria que alterara el uso original de las tierras afectadas, de 30 a 60 años. Esta normativa buscaba proteger los ecosistemas afectados y asegurar su recuperación a largo plazo.

Las Reformas de Milei y su Impacto

Las reformas impulsadas por Javier Milei, conocidas como la Ley Obnibus, han modificado significativamente la Ley de Manejo del Fuego. Ahora, las áreas incendiadas pueden ser vendidas, lo que ha incentivado la explotación económica de tierras que deberían estar en proceso de recuperación. Esta medida ha beneficiado a grandes terratenientes y empresas que buscan expandir sus propiedades a costa del medio ambiente.

Consecuencias para las Reservas Naturales

El impacto de estas reformas ha sido devastador para las reservas naturales del sur de Argentina. La venta de tierras incendiadas ha llevado a una mayor fragmentación de los ecosistemas, dificultando la recuperación natural y aumentando la vulnerabilidad a futuros incendios. Además, la falta de recursos y fondos destinados al combate de incendios ha dejado a las provincias del sur del país a merced de las llamas.

Beneficiarios y Perjudicados

Los principales beneficiarios de estas reformas son los grandes terratenientes y las empresas que buscan expandir sus propiedades. Por otro lado, los perjudicados son los pueblos originarios, las comunidades locales y el medio ambiente. La explotación de tierras incendiadas no solo destruye el hábitat natural, sino que también afecta la salud y el bienestar de las personas que dependen de estos ecosistemas para su sustento.

Medidas del Gobierno Nacional

El gobierno nacional ha sido criticado por su falta de acción y recursos para combatir los incendios. La transferencia del Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) al Ministerio de Seguridad y la reducción de fondos destinados a la prevención y combate de incendios han exacerbado la crisis. Además, la falta de ejecución presupuestaria ha dejado a las provincias sin los recursos necesarios para enfrentar los incendios de manera efectiva.

Para Finalizar

Eestas reformas representan un retroceso en la lucha por la justicia social y la protección del medio ambiente. La venta de tierras incendiadas y la falta de recursos para combatir los incendios son medidas que favorecen a los intereses económicos a costa del bienestar de las comunidades y la naturaleza. Es imperativo que se reviertan estas reformas y se implementen políticas que realmente protejan nuestras reservas naturales y apoyen a las comunidades afectadas por los incendios.